Visas

Requisitos y trámites

Visas

Costa Rica tiene cuatro grupos de países, de los cuales dos no necesitan visa para visitar el país como turistas durante menos de 90 días. Aquí trataremos los requisitos y condiciones generales para solicitar una visa.

Turismo

Al visitar Costa Rica como turista, los requisitos generales son:

  • Un pasaporte válido y en buen estado. La vigencia dependerá del país y se indica en el apartado siguiente.
  • Un billete de vuelta o de continuidad de viaje.
  • Demostración de solvencia económica (100$ por cada mes de turismo)

En Costa Rica, hay diferentes tipos de visa para residencia temporal. Vamos a tratar las más comunes, si necesitas más información sobre otras visas, puedes entrar en la página web de la Dirección de Migración y Extranjería de Costa Rica . Ahí podrás encontrar información sobre las diferentes visas y los requisitos para solicitarlas en español, inglés y ruso.

Estos son todos los tipos de visa que hay:

  • Permisos de artistas,
  • visa consular de turismo,
  • visa consular provisional para la obtención de residencia, categorías especiales y tránsito,
  • visas consultadas y excepcionales,
  • visas restringidas,
  • visas en arribo,
  • visas múltiples
  • visas solicitadas por empresas o instituciones registradas.

La solicitud de cualquier visa se realiza en la Dirección de Migración y Extranjería de Costa Rica o en el Consulado de Costa Rica. Si tú no puedes realizar los trámites, puedes dar un Poder Especial (Poder notarial) a una persona de tu elección para que sea tu representante legal.

Recuerda que el cónsul puede solicitar otros documentos adicionales emitidos en tu país de origen, siempre que sean fundamentales para la obtención de la visa. Si los documentos se emiten fuera de Costa Rica, el consulado costarricense debe acreditar esos documentos y si no están en español, deberás entregar además una traducción jurada.

Estancias sin visa consular

El grupo uno está formado por los ciudadanos de los siguientes países no necesitan visa consular para entrar en Costa Rica, pueden permanecer hasta 90 días en el país y su pasaporte puede tener una vigencia de un día.  

Alemania, Andorra, Argentina, Austria, Australia*, Bahamas, Barbados, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Canadá, Ciudad del Vaticano, Chile, Chipre, Croacia, Dinamarca*, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos de América*, Estonia, Finlandia,, Francia*, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, México, Montenegro, Noruega*, Nueva Zelanda*, Países Bajos*, Panamá, Paraguay, Polonia, Portugal, Principado de Mónaco, Puerto Rico, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Reino Unido e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea del Sur, Rumanía, Singapur, Suecia, Suiza, Trinidad y Tobago y Uruguay.
*Incluye los territorios dependientes.

El grupo dos está formado por los ciudadanos de los siguientes países no necesitan visa consular para entrar en Costa Rica, pueden permanecer en el país hasta 30 días (prorrogables a 90) y su pasaporte debe tener una vigencia de 3 meses.

Antigua y Barbuda, Belice, Bolivia, Dominica, El Salvador, Filipinas, Fiyi, Granada, Guatemala, Guyana, Honduras, Islas Marianas del Norte, Islas Marshall, Islas Salomón, Kiribati, Maldivas, Mauricio, Micronesia, Nauru, Palaos, Reino de Tonga, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, Seychelles, Surinam, Tuvalu, Turquía, Vanuatu y Venezuela.

Las personas que tengan visados válidos por tres meses en Estados Unidos, Canadá, Corea del Sur, Japón o la Unión Europea (o visa Schengen en el pasaporte) o tengan permisos legales (de residencia, de trabajo, de estudio o de refugiado) de dichos países, pueden entrar en Costa Rica sin visa consular.

Estancia limitada con visa consular

Los ciudadanos de los países no mencionados pertenecen a los grupos tres y cuatro y necesitan una visa consular al entrar en Costa Rica y un pasaporte vigente durante por lo menos seis meses. Esta visa les permite una estancia de 30 días, prolongable a 90 días. Además, hay otras ligeras diferencias entre algunos de estos países puesto que son dos grupos separados. Para ver más detalles al respecto, puedes leer este documento emitido por el gobierno costarricense  (solo en español).

Para solicitar una visa consular es necesario:

  • Solicitud dirigida al Cónsul de Costa Rica en la que se incluya:
  1. Nombre completo y apellidos,
  2. nacionalidad,
  3. número de pasaporte,
  4. lugar de residencia,
  5. motivo del viaje,
  6. tiempo previsto de permanencia en Costa Rica,
  7. lugar y fecha aproximada de llegada y salida del país,
  8. profesión u oficio,
  9. dirección exacta del lugar donde va a permanecer en Costa Rica,
  10. fecha y lugar de nacimiento del interesado,
  11. fax para recibir notificaciones,
  12. fecha y firma.
  • Pasaporte o documento de viaje, vigente con fecha de vencimiento no menor a los seis meses. Además, copia de la totalidad del mismo
  • Reserva del billete de vuelta o de continuación del viaje.
  • Comprobante de solvencia económica para su subsistencia durante su permanencia en el país.
  • Certificado de antecedentes penales vigente. Si estuvieren en otro idioma, deberás añadir la traducción en español

Una vez presentados todos los requisitos tienes que rellenar el formulario de solicitud de visa, que está en la página web: http://migracion.go.cr/ , y entregarlo en el consulado. 

Otras visas frecuentes

Visa de múltiple entrada

Si piensas ir a Costa Rica varias veces durante varios años, puedes solicitar una visa múltiple. La visa múltiple te permite visitar el país tantas veces como quieras en un período de tiempo de entre uno y cinco años.

Estos son los documentos necesarios:

  • Solicitud dirigida a la Dirección General de Migración, suscrita por la persona interesada o su representante legal, autenticada por un notario público o con la firma estampada en presencia de un funcionario de la Dirección General o consulado. La solicitud debe contener los siguientes datos:
    • Nombre completo y apellidos
    • Nacionalidad
    • Profesión u oficio
    • Fecha de nacimiento
    • Nombre completo y nacionalidad de los padres
    • Tipo, vigencia y número de pasaporte
    • Número de fax para recibir notificaciones.
    • Indica a qué consulado deberá remitirse la autorización de visa múltiple
    • Fundamento de la pretensión, explicando por qué solicitas la visa múltiple y las funciones que vas a desempeñar.
  • Certificado de antecedentes penales en su país de origen o en el que haya residido los últimos tres años.
  • Fotocopia certificada del pasaporte en la que consten su identidad y datos personales.
  • Si no resides en tu país de origen, deberás presentar un documento que haga constar tu permanencia legal en un tercer país.
  • Demostración de solvencia económica.
  • Fotografía tamaño pasaporte.
  • Formulario de solicitud de visa múltiple firmado.

Visas de estudiante, docente, investigador o voluntario

Si vas a estudiar a Costa Rica, vas a trabajar como profesor o investigador, o vas como voluntario, deberás solicitar una visa especial, incluso perteneces a uno de los países que tienen permitida una estancia sin visa. Si tu país es de los que necesitan una visa consular, deberás consultar en la página web http://migracion.go.cr/extranjeros/visas.html  para saber qué condiciones especiales tienes.

Lo que necesitarás para solicitar esta visa, es:

  • Solicitud dirigida a la Dirección General de Migración, solicitando este tipo de visa. La solicitud debe contener los siguientes datos:
    • Nombre completo y apellidos
    • Fecha y lugar de nacimiento
    • Nacionalidad
    • Profesión u oficio
    • Fecha de nacimiento
    • Tipo, vigencia y número de pasaporte
    • Dirección exacta en Costa Rica
    • Número de fax para recibir notificaciones.
    • Fecha y firma
  • Certificado de antecedentes penales en su país de origen o en el que haya residido los últimos tres años
  • Certificado de nacimiento
  • Pasaporte y fotocopia compulsada del pasaporte completo
  • Demostración de solvencia económica
  • Carta de aceptación del centro de enseñanza público o privado reconocido en Costa Rica, que te acredite como estudiantes, académicos, investigadores o voluntarios del mismo centro y el periodo por el cual estará vinculada a dicho centro

Visa de posible residente

Debes saber que, si piensas quedarte a vivir en Costa Rica es más fácil conseguir un permiso de residencia si solicitas directamente una visa de posible residente en lugar de una de turismo, incluso si perteneces a uno de los países que no necesitan visa para entrar en el país. Solo tendrás que pagar el trámite de solicitud (50$).

Si quieres pedir la visa de posible residente, estos son los requisitos:

  • Solicitud dirigida al Cónsul de Costa Rica en la que se incluya:  nombre completo y apellidos, nacionalidad, número de pasaporte, lugar de residencia, motivo del viaje indicando claramente que es para una solicitud de visa como residente provisional, tiempo previsto de permanencia en Costa Rica, lugar y fecha aproximada de llegada al país, profesión u oficio, dirección exacta del lugar donde va a permanecer en Costa Rica, fecha y lugar de nacimiento, fax para recibir notificaciones, fecha y firma.
  • Certificado de antecedentes penales vigentes. Si no está en español, deberás realizar una traducción jurada.
  • Pasaporte o documento de viaje, vigente con fecha de vencimiento no menor a los seis meses y copia de todas sus páginas
  • Certificado emitido por el Registro Civil de Costa Rica de matrimonio o nacimiento que demuestre que tienes vínculos con algún costarricense, o bien certificado de nacimiento si eres menor de edad. Esto es especialmente importante para solicitar una residencia permanente más adelante.
  • Comprobante de solvencia económica.

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